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Mary Mosquera @mary.mosquera

En oferta 202 canales para emisoras comunitarias étnicas


Foto Cortesía.

Grupos poblacionales de comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y pueblos Rom, de los 32 departamentos del país, tienen la oportunidad de participar en una convocatoria que cierra el próximo 15 de septiembre de 2023, y tiene como objetivo, adjudicar 202 licencias o frecuencias para emisoras comunitarias de grupos étnicos colombianos.


Según lo deja ver el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en su sitio web, el propósito es lograr que más comunidades étnicas puedan prestar el servicio de radiodifusión sonora en sus regiones y aportar desde esta ‘orilla’ a la construcción de comunidad y desarrollo de país.


Requisitos para participar


Las comunidades étnicas interesadas en participar de la convocatoria, deben cumplir con los siguientes requisitos: ser una comunidad étnica colombiana con personería jurídica reconocida por el Ministerio del Interior o la entidad que lo sustituya, Tener domicilio en el municipio o área no municipalizada para el cual se pretende prestar el servicio público de radiodifusión sonora comunitario étnico, no estar incursa en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal.


Deben enviar al correo radioetnica2023@mintic.gov.co la siguiente documentación: una carta de presentación de la propuesta en el formato establecido por el ente ministerial, carta que acredite el reconocimiento por parte de Ministerio del Interior o autoridad competente; en caso de que las comunidades negras constituyan un consejo comunitario, deben anexar el certificado de inscripción expedido por el Ministerio del Interior y la certificación expedida por la alcaldía municipal.


Para asociaciones u organizaciones, deben enviar soporte del certificado de registro expedido por el Ministerio del Interior y certificado de existencia y representación legal de la comunidad. Para todos los casos, documento de identificación del representante legal o apoderado, la propuesta, copia del RUT de la comunidad étnica, certificados de antecedentes fiscales de la Contraloría del representante legal y de la comunidad étnica, antecedentes de la Procuraduría del representante legal y la comunidad étnica, y certificado de antecedentes judiciales y consulta de medidas correctivas del representante legal de la comunidad.


Distribución de canales


Para declarar la viabilidad de las licencias, para el servicio de radiodifusión comunitario étnico, se tiene contemplado ofertar 202 canales de radiodifusión que beneficiaran grupos en igual número de municipios, Estas, se sumarán a las 625 emisoras comunitarias que actualmente prestan un servicio social en el país. Los departamentos con más frecuencias ofertadas son Nariño con 26 canales, Chocó con 20, Cauca con 19, La Guajira con 11 y Antioquia con 10.


La distribución de canales radiales para comunidades quedará de la siguiente manera: 87 frecuencias son para comunidades indígenas, 110 para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y cinco para pueblos Rom. “Estas emisoras cumplen un papel muy importante en la cultura de nuestros pueblos ancestrales, de nuestros pueblos raizales, porque son el único medio de comunicación para que la gente pueda entender la dinámica de esas comunidades”, manifestó el viceministro de Conectividad, Gabriel Jurado.


Licencias por locaciones


Las licencias quedarán en los siguientes municipios y departamentos, según la comunidad beneficiada. Indígenas. En Amazonas, municipios de: La Pradera y Leticia; en Antioquia: Caucasia, Chigorodó, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá y Zaragoza; Arauca: Fortul; Atlántico: Baranoa, Galapa, Malambo, Puerto Colombia y Tubará; Bolívar: Turbaco; Caldas: Riosucio; Caquetá: Puerto Rico y Solano; Casanare: Hato Corozal y Orocué.


En el departamento del Cauca: Cajibío, Caldono, Morales, Piamonte, Piendamó, Tunía, Puracé, Santa Rosa, El Tambo y Silvia; Cesar: Agustín Codazzi; Chocó: Alto Baudó, Nóvita y Riosucio; Córdoba: Chinú, La Apartada y Purísima de La Concepción; Cundinamarca: Sesquilé; Huila: Pitalito; Guainía: Barrancominas e Inírida; Guaviare: Miraflores y San José del Guaviare.


En La Guajira: Barrancas, Distracción, El Molino y Maicao; Magdalena: Sabanas de San Ángel y Santa Marta; Meta: Mapiripán, Mesetas, Puerto Gaitán y La Uribe; Nariño: Contadero, Cuaspud Carlosama, El Tablón de Gómez, Guachucal, Guaitarilla, Ipiales, Ospina; Pasto, Puerres, Pupiales, Ricaurte, Sapuyes, Tangua y Túquerres; Putumayo: Puerto Leguízamo, Orito, Puerto Asís, San Francisco, San Miguel, Valle del Guamuez y Villagarzón; Risaralda: Mistrato; Sucre: Coveñas, El Roble, Ovejas, Sincelejo y San José de Toluviejo; Tolima: Ataco, Chaparral, Coyaima, Cunday, Natagaima y Planadas; Valle del Cauca: El Davio; Vaupés: Mitú; Vichada: Santa Rosalía.


Comunidades Afro. En Antioquia: El Santuario, Guatapé, Murindó, Turbo y Yondó; Arauca: Arauca y Arauquita; Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina: San Andrés y Providencia; Atlántico: Campo de la Cruz y Santa Lucía; Bolívar: Cantagallo, Cartagena de Indias, Mahates, San Martín de Loba y Simití; Boyacá: Puerto Boyacá; San Luis de Gaceno y Villa de Leyva; Caldas: La Dorada y Riosucio.



En Caquetá: Florencia y San Vicente del Caguán; Casanare: Monterrey, Tauramena y Villanueva; Cauca: Buenos Aires, Balboa, El Tambo, López de Micay, Miranda, Páez (Itaibe), Puerto Tejada, Santander de Quilichao, Timbiquí y Villa Rica; Cesar: Valledupar (Los Venados), Becerril, Chimichagua, Chiriguaná, El Paso, Gamarra y Valledupar; Chocó: Acandí, Bagadó, Bahía Solano, Bajo Baudó, Bojayá, Carmen del Darién, Cértegui, El Litoral del San Juan, Istmina, Juradó, Medio Baudó, Nóvita, Quibdó, Riosucio, Sipí y Medio San Juan.


En Córdoba: Montelíbano, San Antero y San José de Uré; Cundinamarca: Agua de Dios, Funza y Guaduas; La Guajira: Albania, Dibulla, Fonseca, Riohacha, San Juan del Cesar, Maicao y Villanueva; Magdalena: Algarrobo, El Banco, Fundación, Pedraza, San Sebastián y Santa Marta; Meta: Villavicencio; Nariño: El Charco, Francisco Pizarro (Salahonda), La Tola, La Unión, Leiva, Magüí Mosquera, Policarpa, Roberto Payán, San Andrés de Tumaco, Sandoná y Santa Bárbara.


En Norte de Santander: San José de Cúcuta; Putumayo: Puerto Guzmán; Quindío: Armenia y La Tebaida; Santander: Barrancabermeja; Sucre: Los Palmitos, San Benito de Abad, San Onofre y Santiago de Tolú; Tolima: Icononzo; Valle del Cauca: Buenaventura, Bugalagrande, Cali, Obando, Palmira, Restrepo, Riofrío y Trujillo. Pueblos Rom. Córdoba: Sahagún, Norte de Santander: San José de Cúcuta, Santander: Girón, Sucre: Sampués, Tolima: Guamo.


Términos de Referencia


Conforme con el artículo 96 de la Resolución 2614 del 2022, las concesiones para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora comunitario se otorgarán mediante licencia y proceso de selección objetiva, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones jurídicas, sociales y técnicas que disponga el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.


El Ministerio velará porque las comunidades organizadas ubicadas en áreas urbanas y rurales de los municipios, carentes del servicio público de radiodifusión sonora comunitario accedan a este, con el fin de propiciar su desarrollo social, la expresión de su cultura y su integración a la vida nacional.

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